Desde el 11 de mayo en las vías urbanas con un ÚNICO CARRIL por sentido de circulación, el límite genérico de velocidad pasará de 50Km/h., que es el que está permitido actualmente, a 30 Km/h.
Por otro lado, en aquellas vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera el límite será de 20 km/h.
Consulta la guía editada por la Dirección General de Tráfico y la Federación Española de Municipios y Provincias, en la que aparecen todas las restricciones y supuestos, accediendo a este enlace